La Cámara de Diputados aprobó el 16 de octubre cambios al Código Fiscal de la Federación, como parte del paquete económico 2026.Destaca el nuevo artículo 30-B, que permitirá al SAT acceder en tiempo real a plataformas digitales. Si no cumplen, el servicio podría ser bloqueado en México.
También se fortalecen sanciones contra comprobantes fiscales falsos y se eliminan restricciones para impugnar actos fiscales.La reforma ya fue turnada al Senado. Si se aprueba, entrará en vigor el 1 de abril de 2026.
Además del artículo 30-B, la reforma incorpora medidas agresivas contra el uso o la promoción de comprobantes fiscales falsos:
Se propone adicionar un artículo 113-Bis al CFF, estableciendo sanciones penales para plataformas digitales que, “a sabiendas”, permitan la publicación de anuncios que impulsen la enajenación o uso de comprobantes falsos (plataformas de anuncios, redes sociales, motores de búsqueda).

La industria digital ha manifestado su preocupación porque esta provisión impone una obligación inédita de monitoreo sobre el contenido generado por terceros, algo difícil de controlar técnicamente, especialmente cuando el contenido es abierto u orgánico.
¿Cómo te afecta?
Ya existe una reforma constitucional previa que incorpora el uso de comprobantes fiscales falsos como delito con posibilidad de prisión preventiva oficiosa.
En suma, serán mayores los riesgos legales para plataformas que no ejerzan filtros, control, procesos de supervisión o moderación de contenido fiscalmente riesgoso.

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